Ciberasedio y espionaje digital, nuevos delitos para proteger la privacidad

Además del grooming, el Congreso poblano ha añadido al Código Penal los delitos de ciberasedio y espionaje digital. El ciberasedio comprende conductas persistentes de acoso en línea que provoquen un daño significativo en la salud emocional o psicológica de la víctima, mientras que el espionaje digital sanciona la intrusión no autorizada en sistemas o dispositivos con el fin de acceder a datos personales.
Las penas previstas van desde 1 a 3 años de prisión, además de multas que oscilan entre 50 y 250 veces la UMA (Unidad de Medida y Actualización), lo cual demuestra la voluntad legislativa de combatir agresiones digitales con herramientas jurídicas claras y aplicables.
La intromisión en dispositivos ajenos y el hostigamiento digital serán tratados, de ahora en adelante, como delitos graves, con consecuencias reales para los responsables.
El legislador José Luis García Parra, quien impulsó estas reformas, destacó la necesidad de robustecer el marco legal ante un entorno digital cada vez más agresivo. En su exposición puntualizó que Puebla ocupa la quinta posición a nivel nacional en incidencia de ciberdelitos, con reportes constantes de fraude, suplantación de identidad, amenazas y otros delitos electrónicos
Estas modificaciones consolidan un enfoque protector no solo de los delitos sexuales en línea, sino también del derecho a la privacidad y la dignidad en el ciberespacio. Su implementación marca un avance significativo en la seguridad digital, reafirmando el compromiso del estado con la defensa de sus ciudadanos en entornos virtuales.